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Ya es oficial: la Ley de Bienestar Animal prohíbe la adopción y cesión de cachorros menores de 2 meses

La norma, en vigor en España, fija en dos meses la edad mínima para ceder o adoptar animales y refuerza su protección y bienestar.
Ya es oficial: la Ley de Bienestar Animal prohíbe la adopción y cesión de cachorros menores de 2 meses
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Actualizado: 11:15 11/5/2026
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La normativa estatal de protección animal lleva ya tiempo en vigor, pero todavía existe un importante desconocimiento sobre algunos de sus puntos más básicos. Uno de los más relevantes, y a la vez más ignorados, es la prohibición de separar a cachorros de perros, gatos o hurones de su madre antes de las ocho semanas de vida, es decir, dos meses completos.

La presencia de animales de compañía en los hogares es cada vez más común, no solo como fuente de compañía, sino también como elemento que mejora el bienestar emocional, ayuda a estructurar rutinas y, en muchos casos, se integra como un miembro más de la familia.

La Ley de Bienestar Animal prohíbe oficialmente la adopción y cesión de cachorros menores de dos meses

En este contexto, no es extraño que muchos futuros adoptantes quieran incorporar un cachorro desde muy pequeño, con la idea de educarlo desde cero y reforzar el vínculo afectivo desde sus primeras etapas. Sin embargo, ahí es donde se comete uno de los errores más extendidos: pensar que basta con que el animal haya abierto los ojos o empiece a moverse con autonomía para poder separarlo de la camada. La realidad es mucho más compleja.

Ley de Bienestar Animal y los cachorros

En esas primeras semanas se produce una fase crítica del desarrollo físico, inmunológico y conductual. Separar al animal antes de tiempo no es solo una cuestión ética: puede afectar a su comportamiento futuro y a su salud. Ante cualquier duda, la referencia clara está en la legislación vigente.

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, publicada en el BOE, lo establece sin ambigüedades en su artículo 58: no está permitida la cesión de perros, gatos ni hurones que no hayan alcanzado las ocho semanas de edad. Esto afecta tanto a la venta como a la adopción o cualquier tipo de entrega, sea gratuita o no. El objetivo es garantizar que los animales permanezcan con su madre y su camada el tiempo suficiente para completar una etapa clave de aprendizaje social y desarrollo biológico.

Durante este periodo, los animales no solo se alimentan y crecen, sino que también desarrollan conductas básicas, jerarquías de comportamiento y refuerzan su sistema inmunitario. Además, la ley establece que los animales deben estar correctamente identificados conforme a la ley para poder ser cedidos o adoptados.

Cualquier cesión gratuita debe formalizarse por escrito mediante contrato, dejando constancia explícita de las condiciones. Las adopciones, por su parte, solo pueden gestionarse a través de centros públicos de protección animal o entidades debidamente registradas, siempre bajo contrato y con unas cláusulas mínimas obligatorias.

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La ley también busca frenar el componente comercial en este proceso. La adopción no puede convertirse en una transacción económica, aunque sí se permite cubrir gastos veterinarios básicos debidamente justificados. Las tiendas de animales pueden actuar únicamente como intermediarias informativas, sin estar autorizadas a cobrar por la estancia ni por la adopción, lo que limita considerablemente su papel.

Asimismo, los animales no pueden permanecer en estos establecimientos salvo en condiciones muy específicas y reguladas. Antes de ser entregados, deben contar con la atención veterinaria necesaria, estar identificados y, en muchos casos, esterilizados o con un compromiso formal de esterilización en un plazo determinado. El nuevo propietario debe recibir toda la información disponible sobre el origen del animal, su estado de salud y un certificado veterinario con pautas básicas de cuidado.

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