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Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: cuando un vecino cierra su terraza, el artículo 7.1 protege tus derechos

La LPH en España marca las reglas para proteger tu propiedad y explica cómo actuar ante obras que puedan dañarla.

La convivencia entre vecinos refleja, de manera evidente, cómo los seres humanos se relacionan dentro de una sociedad. Mantener una comunidad de propietarios armoniosa no solo es deseable, sino fundamental para garantizar un entorno agradable y cooperativo en cualquier zona residencial. Sin embargo, no siempre es fácil lograrlo.

Desde pequeñas molestias, como sacudir la alfombra en un pasillo compartido, hasta conflictos mayores derivados de reformas que afectan a otras viviendas, muchos vecinos se ven obligados a lidiar con situaciones que ponen a prueba la paciencia y el respeto mutuo.

Ley de Propiedad Horizontal: el artículo 7.1 defiende tus derechos si un vecino cierra su terraza

Cuando surgen problemas de este tipo, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece las bases para proteger los derechos de los propietarios y garantizar la buena convivencia. En particular, el artículo 7.1 es muy claro respecto a las reformas que pueden afectar a la comunidad:

"El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad".

Esto significa que ningún vecino puede llevar a cabo reformas que perjudiquen al resto de propietarios. Por ejemplo, si un propietario decide cerrar la terraza de su vivienda, los demás vecinos pueden negarse, ya que se trata de una modificación que afecta a la estructura del edificio.

El problema surge cuando las obras ya han comenzado. Según la ley, el propietario debe contar con la aprobación de la comunidad antes de iniciar cualquier modificación. Y si no lo hace, la LPH establece un procedimiento claro para proteger los derechos del resto de vecinos.

Cómo reclamar el artículo 7.2 de la LPH: hay que tener en cuenta que el artículo aplica los pasos a seguir

"El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquier propietario, requerirá al infractor la inmediata cesación de las actividades prohibidas, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales. Si persiste, previa autorización de la Junta de propietarios, podrá entablar acción judicial para detener la obra. El juez podrá imponer medidas cautelares para asegurar la efectividad de la orden y, de ser necesario, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por un tiempo determinado, así como indemnizaciones por daños y perjuicios."

En la práctica, esto significa que la vía correcta para detener obras que puedan dañar la comunidad es a través del presidente y la junta de propietarios. Una vez informado el órgano de gobierno de la comunidad, se aplicarán las medidas necesarias para exigir al propietario o inquilino que suspenda las obras, sin posibilidad de reanudarlas sin el consentimiento de todos.