Los vados permanentes son una fuente habitual de dudas entre los conductores. Aunque su presencia en la vía pública indica que existe un acceso reservado a un garaje, local o inmueble, disponer de esta autorización no significa que se pueda utilizar el espacio como una plaza de aparcamiento particular. De hecho, una de las cuestiones que más confusión genera es qué ocurre cuando es el propio titular del vado quien deja allí su vehículo.
La respuesta es clara: ser propietario o beneficiario de un vado no permite estacionar delante del mismo. La autorización municipal tiene como finalidad garantizar que los vehículos puedan entrar y salir del inmueble con normalidad. Por tanto, el pago de la correspondiente tasa no convierte ese espacio en una zona privada de estacionamiento ni concede al titular privilegios frente al resto de conductores.
Según el reglamento de la DGT, aparcar en el propio vado permanente es motivo de denuncia según el artículo 91
La normativa de tráfico establece que las paradas y estacionamientos deben realizarse de manera que no obstaculicen la circulación ni el acceso a determinados espacios. En el caso de los vados, precisamente, su función es mantener libre el paso hacia una entrada o salida de vehículos. Por ello, el titular tampoco puede utilizar el vado como si fuera una plaza de aparcamiento propia.
La confusión puede surgir porque el propietario del vado sí tiene derecho a utilizar ese acceso y puede detenerse durante el tiempo estrictamente necesario para realizar las maniobras de entrada o salida. Sin embargo, dejar el vehículo estacionado durante un periodo de tiempo prolongado es una situación diferente y puede dar lugar a una denuncia.
La misma prohibición se aplica cuando es un conductor ajeno al inmueble quien estaciona delante del vado. En ese supuesto, el responsable puede enfrentarse a una multa de hasta 200 euros, de acuerdo con la infracción que corresponda, y el vehículo puede ser retirado si así lo determina la autoridad competente.
Cuando un coche impide acceder o salir de un garaje, el titular del vado puede solicitar la intervención de los agentes de tráfico o de la policía municipal. Los responsables comprobarán la situación y, si procede, podrán denunciar al vehículo que está obstaculizando el acceso y ordenar su retirada.
Por tanto, contar con un vado permanente no supone disponer de una plaza de aparcamiento reservada. Su función es mucho más concreta: garantizar el acceso y la salida de vehículos de un inmueble. Y esa regla se aplica tanto a los conductores que estacionan delante de un vado ajeno como al propio titular que pretende utilizarlo para dejar su coche.