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Multan a un cine con 3000 euros por prohibir meter comida de fuera

La Agencia Española de Consumo señala que la restricción de los cines es 'ilegal y tiene carácter abusivo'.
Multan a un cine con 3000 euros por prohibir meter comida de fuera
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Los espectadores le han ganado un pulso a los cines: los Multicines España de Zafra (Badajoz, Extremadura) han recibido la primera sanción por prohibir a un cliente meter su propia comida y bebida a la sala. El Insitituto de Consumo de Extremadura impuso a la compañía una multa de 3000 euros, mientras que la multa ha sido ratificada recientemente.

Las asociaciones de consumidores tachan a los cines de 'abusivos'

Es habitual que salas de cine como Yelmo Cines, Cinemark o Cineplanet muestren una cartelería con la que advierten a sus espectadores que está prohibido meter comida de fuera. Con esos avisos, piden que consuman en las cafeterías disponibles antes de entrar en la sala o que compren allí lo que quieran comer mientras disfrutan de la película.

Sin embargo, este tipo de peticiones por parte de los cines están consideradas ilegales y abusivas: así queda estipulado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. En el artículo 82 se detalla que se consideran abusivas "aquellas prácticas no consentidas expresamente" y que causan "un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones" tanto de los clientes como de la compañía.

Mientras que desde FACUA y la Federación de Cines de España (Fede) se han posicionado en contra de este tipo de prácticas, fue la Agencia Española de Consumo la que ya en 2017 esgrimió lo siguiente: "Se considera que la práctica consistente en prohibir la introducción de comidas y bebidas adquiridas en el exterior de la sala de cine, estando permitido el consumo de esos mismos productos cuando son adquiridos en su interior, es ilegal y tiene carácter abusivo".

"Es ilegal y hemos denunciado a numerosas empresas del sector por ello"

"En un restaurante sería razonable, pero los servicios que ofrecen los cines no son de hostelería", sostiene Rubén González, portavoz de FACUA, haciendo referencia al derecho de admisión. "Si la empresa propietaria del cine decidiese vender ropa dentro del establecimiento, resultaría absurdo que obligase a los usuarios a quitarse la suya para poder entrar", agrega FACUA en su página web.

Fuente.

Cristina M. Pérez
Colaboradora
legalidad

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